Por unanimidad los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron la constitucionalidad de la Ley General del Sistema para la Carrera de Maestros y Maestras aprobada en 2019.
Los Asesores Técnicos Pedagógicos promovieron recursos de impugnación contra la ley porque había omitido por completo salvaguardas a sus derechos laborales relativas específicamente a la garantía de sus puestos de trabajo, impidiendo su ascenso a inspectores o supervisores de zona.
La ministra quien presentó el proyecto determinó que no existe ninguna restricción, eliminación o desconocimiento de los derechos laborales de los asesores educativos.
Según la ministra la ley establece las reglas aplicables a los procesos de promoción, reconociendo los derechos del personal que ya contaba con la categoría definitiva y respetando el incentivo permanente obtenido por quienes se encontraban en el período de inducción.
Además, la ley establece a los ATPs la forma en que podrán seguir participando en los procesos de promoción del sistema integral de formación, capacitación y actualización del personal educativo.
Por su parte, las personas que se encontraban en el periodo de inducción y no alcanzaron la categoría definitiva continuarán recibiendo de forma permanente el incentivo asignado y podrán participar en los procesos de promoción establecidos en la nueva ley, en el entendido de que no cuentan con un derecho adquirido, sino con una expectativa de derecho.
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Que atropello a los derechos de los ATPs. Los que se promocionaron para directores estaban en las mismas condiciones de los ATPs, en el curso de inducción que eran 2 años, no se concluyó, pero a los que participaron para directores si le otorgaron la Clave y a los ATPs no, solo nos dieron el incentivo, no es justo que la USICAMM aplique la ley como le conviene.