La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 201VG/2025 dirigida a la Secretaría de la Defensa Nacional (DEFENSA) por violaciones graves a los derechos humanos derivadas del uso ilegítimo de la fuerza por parte de personal militar, hechos que ocasionaron la muerte de dos personas menores de edad y lesiones a cuatro personas más, en el poblado de La Cieneguilla, municipio de Badiraguato, Sinaloa.
Agresión militar contra una familia en La Cieneguilla
De acuerdo con la investigación del organismo nacional, los hechos ocurrieron el 6 de mayo de 2025, cuando una familia que se desplazaba en una camioneta fue interceptada y agredida por elementos de la DEFENSA, adscritos al 42 Batallón de Infantería con sede en Guamúchil, quienes se encontraban asignados a labores de seguridad del personal de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa.
Los militares rodearon el vehículo y, apuntando sus armas de fuego hacia los ocupantes, les ordenaron descender. Dos de las personas señalaron que no portaban armas y que únicamente transportaban a niñas y adolescentes, sin que esta información fuera considerada.
Violaciones graves a derechos humanos y al interés superior de la niñez
La CNDH acreditó que el actuar del personal castrense constituyó violaciones graves a los derechos humanos, al emplear de manera desproporcionada armas de fuego, lo que derivó en la vulneración del derecho a la vida de dos menores, así como del derecho a la integridad personal y seguridad jurídica de otras cuatro personas, dos de ellas también menores de edad.
Asimismo, se determinó la afectación al interés superior de la niñez y al derecho a la familia, al no privilegiarse medidas para proteger la vida y la integridad de quienes viajaban en el vehículo.
No se agotaron medidas menos letales
El organismo nacional concluyó que los elementos de la DEFENSA no intentaron maniobras menos letales de primera instancia, ni se acreditó que el uso de armas de fuego fuera estrictamente inevitable, como lo establece la legislación vigente.
Aunque los militares argumentaron haber escuchado disparos, no se cercioraron de que éstos provinieran de los ocupantes del vehículo, ni adoptaron acciones para salvaguardar la vida de las personas.
Responsabilidad directa del Estado
Si bien no fue posible determinar una intencionalidad directa para causar daño, la CNDH señaló que existe una suma de indicios suficientes que hacen directamente responsables a los elementos de la DEFENSA, al incumplir su obligación como agentes del Estado de proteger la vida y la integridad de la población civil.
Reparación del daño y disculpa institucional
Como parte de la recomendación, la CNDH solicitó a la persona titular de la DEFENSA:
- Realizar los trámites ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para la reparación integral del daño, incluyendo compensación económica.
- Garantizar atención médica, psicológica y tanatológica a las víctimas.
- Colaborar en las denuncias administrativas ante el Órgano Interno de Control y dar seguimiento a las investigaciones en la Fiscalía General de la República y el fuero militar.
- Impartir un curso especializado sobre la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza al personal de la Base de Operaciones “Bravo 5”, con presencia en diversos municipios de Sinaloa.
- Emitir una circular institucional con el contenido de dicha capacitación.
- Ofrecer una disculpa institucional pública, en la que se reconozcan los hechos y se acepte la responsabilidad por las violaciones graves a derechos humanos.
- Restituir el vehículo en el que se transportaba la familia, propiedad de una de las víctimas.
Recomendación ya fue notificada
La Recomendación 201VG/2025 ya fue notificada a la Secretaría de la Defensa Nacional y puede ser consultada en el portal oficial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.








