El Senado de la República mexicana aprobó por unanimidad la Ley Olimpia Nacional este 5 de noviembre, reforma que busca acabar con el acoso, insultos y difusión de imágenes, audios o vídeos de contenido íntimo o sexual sin autorización personal a través de Internet.
Además integra la promoción de prácticas comunicativas más igualitarias, que busquen erradicar el sexismo en el lenguaje y los estereotipos sexistas.
Penas para infractores de 3 a 6 años
Se contemplan penas de 3 a 6 años de prisión para los infractores, la Ley obliga a las páginas de internet o plataformas digitales como redes sociales a bloquear los contenidos y notificar inmediatamente al usuarios cuando incurra en infracciones a la ley.
Esto incluye plataformas como Twitter, Facebook, Youtube y cualquier sitio web o red social serán obligada a retirar el contenido que infrinja la Ley Olimpia.
El concepto de violencia considera ahora la nueva modalidad digital, y a esta se une posibles actos violentos que puedan generarse a través de los medios de comunicación.
Ahora se contempla en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación el promover el odio y la violencia a través de mensajes e imágenes en los medios de comunicación como un acto discriminatorio.
Obligación de la Federación vigilar a los medios ante posible discriminación
Así mismo se insta a los medios de comunicación reconocer también en las coberturas electorales y generales la paridad, evitar lenguaje sexista, transmitir una imagen no estereotipada y promover la igualdad.
Ahora será una facultad y obligación de la Federación el vigilar que los medios de comunicación no promuevan imágenes estereotipadas de mujeres y hombres, así como que eliminen patrones de conducta violenta.