Por E. Uriel Jarquín Garnett
No hay fecha que no llegue ni plazo que no se cumpla. Finalmente, después de diversos anuncios, el Ejecutivo federal presentó su iniciativa de reforma constitucional en materia electoral. A grandes rasgos, la propuesta contempla siete ejes que buscan adecuar el sistema electoral mexicano a los tiempos que vive nuestro país. De estos siete ejes, me quiero concentrar particularmente en el que se refiere a la reducción de legisladores, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República.
La primera reacción de propios y extraños, alentada por la manera en que se presentó la propuesta en la conferencia de prensa matutina, fue entender que las diputaciones y senadurías electas bajo el principio de Representación Proporcional (RP) –comúnmente conocidas como “pluris”– desaparecerían al reducirse el número a 300 en el caso de la Cámara de Diputados y a 96 en lo que respecta el Senado de la República. El planteamiento anterior desató una nueva polémica en torno al papel que desempeñan los cargos de representación popular electos bajo dicho principio.
Por un lado, se argumentó que su “desaparición” abonaría a fortalecer la representación política ya que desde los tiempos de la primera alternancia presidencial las listas circunscripcionales –en el caso de los diputados– y nacional –en el caso de los senadores– han sido utilizadas para permitir la llegada de personajes de dudosa procedencia y reputación pública a cargos de representación que de otra forma no podrían ocupar por su desprestigio público. Por el otro, se sostuvo que la reducción de legisladores plurinominales constituye un atentado contra el pluralismo y la apertura democrática, ya que bajo esta figura se posibilitó la llegada de la oposición a la arena parlamentaria lo que permitió terminar con los años de la hegemonía priísta sobre el sistema político y electoral mexicano.
Sin embargo, si se toma un minuto para revisar el contenido de la iniciativa de reforma constitucional, queda claro que la propuesta no consiste en eliminar el principio de RP como criterio para la integración del Congreso de la Unión. Por el contrario, lo que se busca es eliminar por completo del panorama electoral el principio opuesto, el de mayoría relativa (MR), lo que permitiría que la ciudadanía eligiera de manera directa a su representante como resultado de la competencia electoral entre candidaturas claramente definidas por partido político.
Tomando esto en cuenta, es posible sostener que la desaparición del principio de MR se convierte en un verdadero atentado, no contra la pluralidad política, sino contra la naturaleza misma del régimen político mexicano, ya que la representación proporcional es un principio propio, no de las formas de gobierno mayoritarias como el presidencialismo mexicano, sino de sus opuestos: las oligarquías, llamadas con elegancia eufemística, parlamentarismo.
Para entender el fondo de este argumento es necesario recurrir a una breve contextualización histórica que nos permita dimensionar la verdadera magnitud del cambio propuesto. Dicen quienes saben que desde la reforma política de 1977 comenzó un lento pero constante proceso de inversión de los principios políticos de nuestro régimen. Si hasta entonces, con todo y sus distorsiones, la integración del Congreso de la Unión dependía de la preponderancia del principio de mayoría relativa, coherente con nuestra historia política, en la desesperada necesidad de ponerle un freno a las arbitrariedades del partido hegemónico, la oposición encontró como única salida colocar diques artificiales a la construcción de mayorías políticas bajo la falsa pretensión de que el presidencialismo y las mayorías políticas son corruptas por naturaleza.
La reforma política de 1996 representa uno de los puntos culminantes de dicho proceso, al sentar las bases para que un año después, el PRI perdiera su mayoría histórica en la Cámara de Diputados y para que, entre 2000 y 2018, ningún partido gobernante pudiera contar ella, al otorgar mayor importancia al principio de representación proporcional. No es casual que, a partir de ese momento, se comenzara a hablar de “primeras minorías” para referirse a las fuerzas políticas que sin alcanzar la mayoría contaban con mayor presencia parlamentaria. Si se revisa la integración de distintas legislaturas, es posible apreciar cómo los partidos minoritarios aumentaron sus bancadas parlamentarias gracias al principio de representación proporcional, otorgándoles más del 50% de curules de los obtenidos bajo el principio de mayoría relativa.
Ahora, inexplicablemente, el proyecto obradorista que parecía entender cabalmente la naturaleza mayoritaria de nuestro régimen político –razón por la cual en ninguna de sus plataformas políticas se ha propuesto como objetivo transitar de un régimen presidencialista a uno de corte parlamentario– inició la ruta no para reducir la influencia del principio de MR –como se hizo durante los años de la llamada “transición a la democracia”– sino para desaparecerlo por completo del panorama político mexicano. De esta forma, en el conjunto de propuestas que contiene el paquete de reforma electoral, se coló sigilosamente cual polizonte, un injerto contrario a nuestra tradición política. Como mencioné previamente, el principio de representación proporcional puro es el mecanismo de integración de los poderes en los regímenes oligárquicos. No es casualidad que Estados Unidos y el Reino Unido sean los principales exponentes de esta tradición ya que sus formas de gobierno son verdaderas oligarquías en las que las minorías plutocráticas ejercen el poder en contra de los intereses mayoritarios.
Si México se distinguió a lo largo del siglo XX como un referente de los alcances que tuvieron la Revolución, la Constitución de 1917, y los regímenes que de ellas surgieron, como una forma de gobierno centrada en la justicia social gracias a la representación de los intereses populares, con el injerto de un órgano ajeno a su naturaleza política podríamos atestiguar el fin de la república mexicana para dar paso a una forma, aún no definida, de oligarquía. Precisamente lo contrario de lo que el Proyecto Alternativo de Nación se propuso como objetivo.