Represión a la protesta y derechos humanos en la UAS: ¿Protección o control sobre la protesta?

Represión a la protesta y derechos humanos en la UAS

Por Jonatan Azbat Carrillo

La denuncia de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) contra Berzaí Osuna Enciso, abogado representante de jubilados inconformes con la reingeniería financiera de la institución, ha encendido un debate sobre los límites de la protesta, la defensa de los derechos humanos y el papel de las autoridades frente a la protesta social.

La acción legal se produce tras meses de manifestaciones que incluyeron bloqueos en Ciudad Universitaria, puentes de la ciudad y, más recientemente, el ingreso forzado al salón de sesiones del Pleno del Congreso del Estado por un grupo de jubilados.

La Fiscalía General del Estado otorgó medidas de protección a favor de la UAS que incluyen la posibilidad de que la Policía Municipal detenga temporalmente a Osuna Enciso si considera que sus acciones alteran el orden dentro de la universidad. El documento establece que el abogado, quien no forma parte de la comunidad universitaria, tiene prohibido realizar actos que vulneren los derechos de la institución.

Estas medidas, aunque presentadas como una forma de proteger el funcionamiento de la universidad, colocan bajo supervisión directa a un representante legal que actúa en defensa de un grupo de ciudadanos.

El alcance de estas medidas plantea interrogantes sobre cómo se interpreta la “alteración del orden” y si la protección institucional puede convertirse en un mecanismo que limita el ejercicio legítimo de la representación legal y la protesta.

Osuna Enciso actúa en representación de jubilados que cuestionan decisiones financieras que afectan directamente sus derechos y prestaciones. La acción de la UAS, al dirigirse contra su abogado y establecer medidas de supervisión policial, transforma la protesta legal en un escenario controlado.

Los hechos reflejan cómo la protección institucional puede tener efectos restrictivos sobre la defensa de los derechos humanos, condicionando la actuación de quienes buscan representar y proteger los intereses de grupos vulnerables.

Las manifestaciones de los jubilados son un reflejo legítimo de descontento con decisiones administrativas que impactan su bienestar. La respuesta institucional mediante denuncias y medidas cautelares plantea un dilema sobre el equilibrio entre seguridad y derechos ciudadanos.

¿Hasta dónde puede una institución proteger su funcionamiento sin limitar la libertad de expresión y la representación legal? Este caso evidencia cómo acciones legales, aunque fundamentadas en la protección del orden, pueden convertirse en un mecanismo de control sobre la protesta social.

El caso de la UAS muestra la tensión entre el mantenimiento del orden institucional y la garantía de derechos humanos. Limitar las acciones de un representante legal mediante medidas que incluyen detención temporal envía un mensaje sobre los límites de la participación ciudadana y la protesta pacífica.

Es un recordatorio de la necesidad de establecer protocolos claros que permitan proteger la seguridad sin criminalizar la protesta ni afectar la defensa legal de grupos vulnerables.

La discusión es ética y política: proteger una institución no debería implicar restringir los derechos fundamentales de quienes cuestionan decisiones que afectan directamente su vida y su patrimonio.

La manera en que se resuelva este caso puede sentar un precedente sobre cómo se manejan las protestas legales y la defensa de los derechos humanos dentro de las universidades públicas en México.

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