Tenejapa, Chiapas.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a la comunidad indígena La Candelaria, en el municipio tsotsil de Tenejapa, al determinar que tiene derecho a ejercer su autogobierno y a recibir recursos públicos de manera directa para su administración.
En una sesión itinerante realizada en la plaza principal del municipio, el pleno —por unanimidad de ocho votos— aprobó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, dentro del amparo en revisión 344/2025.
La Corte concluyó que el Congreso de Chiapas incurrió en omisión legislativa, al no establecer mecanismos claros para reconocer gobiernos comunitarios indígenas ni garantizar su acceso directo a recursos públicos.
No es un “cuarto nivel de gobierno”
Aunque reconoció el derecho al autogobierno, la SCJN precisó que esto no implica la creación de un cuarto nivel de gobierno, como lo solicitaba la comunidad en su demanda.
El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz explicó que el reconocimiento tiene efectos jurídicos concretos, pero no modifica la estructura federal ni municipal del Estado mexicano.
“Reconocer a la comunidad significa reconocer su asamblea, su autoridad y sus normas”, señaló.
Plazos y obligaciones
La sentencia ordena que, en un plazo de 90 días naturales, las autoridades estatales y municipales garanticen a La Candelaria el ejercicio efectivo de su autogobierno y la entrega proporcional de recursos.
Asimismo, instruye al Congreso de Chiapas a legislar sobre la materia en un plazo de 180 días posteriores a la entrada en vigor de la ley general en materia de pueblos indígenas y afromexicanos, actualmente en proceso en el Congreso federal.
El fallo se sustenta en la reforma constitucional de 2024 al artículo segundo, que reconoce el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación, autonomía, sistemas normativos propios y formas internas de organización.








