Ciudad de México, 18 de noviembre de 2024.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que es “constitucionalmente inviable” detener la elección de juzgadores, afirmando que los amparos y suspensiones otorgados por otros tribunales no pueden frenar el proceso que organizan el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Senado de la República.
En una sesión pública virtual, el pleno del TEPJF, por mayoría de tres votos a favor y dos en contra, sentenció que los jueces de amparo no tienen facultades para intervenir en materia electoral, ya que la Constitución establece que los derechos políticos no admiten suspensión, incluso en situaciones extraordinarias.
“La suspensión de este procedimiento sería contraria al principio de supremacía constitucional, pues el mandato para la elección de juzgadores tiene rango constitucional”, señaló el proyecto de sentencia del magistrado Felipe Fuentes Barrera, avalado con los votos de los magistrados Mónica Soto y Felipe de la Mata.
El tribunal ordenó al INE y al Senado continuar con todas las etapas del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial 2024-2025, apegándose a los plazos establecidos en la Constitución y la ley. Asimismo, reiteró que las resoluciones de jueces federales, como las más de 500 solicitudes de amparo interpuestas contra la reforma constitucional, no tienen efecto para detener el procedimiento.
Desde el inicio del proceso, el pasado 23 de septiembre, la organización electoral había quedado prácticamente paralizada debido a diversas suspensiones otorgadas por juzgados de distrito. Sin embargo, el TEPJF dejó claro que ninguna medida suspensiva puede alterar, modificar o diferir el procedimiento electoral, argumentando que las funciones electorales no son susceptibles de interrupción bajo el marco jurídico vigente.
El tribunal también enfatizó que su resolución no representa una extralimitación de sus facultades, sino una reafirmación de su competencia como la máxima autoridad en materia electoral. Aunque el TEPJF no puede revocar directamente los amparos emitidos por jueces federales, aclaró que estos no tienen impacto en el ámbito electoral, reforzando así la independencia del proceso.
Con esta decisión, el TEPJF subraya la importancia de respetar los principios constitucionales en la organización de procesos democráticos, garantizando la continuidad de la elección judicial sin interferencias externas que vulneren la Carta Magna.