Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un giro a su propio criterio y avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas bancarias sin necesidad de orden judicial, intervención del Ministerio Público o solicitud de autoridades extranjeras, cuando existan indicios de delitos como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
La decisión, aprobada por seis votos contra tres, redefine el alcance de una de las herramientas más controvertidas del Estado mexicano en el combate a operaciones ilícitas dentro del sistema financiero.
El pleno determinó que el congelamiento de cuentas no constituye una sanción penal, sino una medida administrativa de carácter preventivo, orientada a evitar que recursos de origen ilícito sigan circulando mientras se desarrollan investigaciones.
El fallo respalda la constitucionalidad del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, el cual faculta a la UIF para incluir a personas físicas o morales en la lista de bloqueados por razones de origen nacional.
Detrás de la resolución hay un diagnóstico claro: los criterios anteriores habían debilitado la herramienta. La ministra Lenia Batres advirtió que entre 2018 y 2025 se desbloquearon cuentas por más de 32 mil millones de pesos debido a interpretaciones que exigían la intervención de instancias internacionales.
El cambio, sin embargo, no estuvo exento de polémica.
Ministros que votaron en contra alertaron sobre riesgos de abuso y falta de certeza jurídica. Argumentaron que permitir bloqueos sin controles judiciales claros podría vulnerar derechos fundamentales, al tratarse —en los hechos— de una medida con efectos punitivos basada en sospechas.
En contraste, la mayoría defendió que la reforma incorpora garantías como el derecho de audiencia y la posibilidad de defensa legal, además de que fortalece la soberanía del país al no depender de decisiones extranjeras para actuar.
En el mismo paquete de resoluciones, la Corte negó un amparo a una empresa vinculada al entorno de Ismael “El Mayo” Zambada, ratificando el bloqueo de sus cuentas por presuntos vínculos con operaciones ilícitas.
El nuevo criterio marca un punto de inflexión: fortalece la capacidad del Estado para reaccionar con rapidez frente a movimientos financieros sospechosos, pero también abre un debate de fondo sobre el equilibrio entre seguridad y garantías individuales.








