Corte pone fin a la doble pensión de jubilados del IMSS

La Suprema Corte determinó que extrabajadores del IMSS no pueden cobrar pensión doble por vejez, afectando a miles de jubilados.

Ciudad de México.— Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación marcó un antes y un después en el sistema de pensiones del país, afectando no solo la duplicidad de ingresos, sino también las expectativas sobre la edad de jubilación y los requisitos para acceder a ella. El máximo tribunal determinó que los extrabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social no pueden cobrar de manera simultánea la jubilación derivada de su contrato colectivo y la pensión de vejez prevista en la Ley del Seguro Social.

La decisión, emitida por la Segunda Sala, tiene efectos inmediatos y afecta a miles de jubilados del instituto que hasta ahora recibían ambos ingresos. Con ello, la Corte fijó un criterio nacional de “no duplicidad”, cerrando definitivamente la puerta a la acumulación de beneficios por un mismo concepto.


Un fallo que redefine el retiro laboral

El debate jurídico se centró en si los trabajadores del IMSS, afiliados al Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, tenían derecho a dos pensiones:

  • una derivada del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) establecido en el Contrato Colectivo de Trabajo,
  • y otra por la pensión de vejez contemplada en la ley general.

La Corte resolvió que no. A juicio de los ministros, el RJP ya cubre el riesgo de vejez, por lo que autorizar un pago adicional implicaría un doble beneficio por la misma causa: el retiro por edad y años de servicio.


El argumento de fondo: protección “ya satisfecha”

El fallo sostiene que el régimen de jubilación del IMSS es extralegal, es decir, superior a lo que marca la ley mínima. Este esquema incluye coberturas amplias como:

  • invalidez,
  • riesgos de trabajo,
  • edad avanzada y vejez,
  • y apoyos asistenciales.

Bajo esta lógica, la Corte consideró que la obligación del Estado en materia de seguridad social ya está satisfecha mediante el RJP, lo que vuelve improcedente cualquier pago adicional por el mismo periodo laboral y el mismo riesgo.

En palabras del propio criterio judicial, las pensiones no pueden duplicarse cuando responden a la misma causa.


Blindaje financiero vs. derechos laborales

Desde la óptica institucional, la resolución blinda las finanzas del IMSS, al frenar una avalancha de demandas que buscaban mantener la doble percepción. Sin embargo, desde el lado de los trabajadores, el fallo representa un duro golpe al ingreso de jubilados que estructuraron su retiro bajo reglas que hoy cambian de manera abrupta.

El caso deja sobre la mesa un debate de fondo:
¿la estabilidad financiera del sistema debe imponerse incluso cuando el costo recae directamente en quienes dedicaron su vida laboral al propio instituto de seguridad social?

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