¿Por qué asumió el cargo?
Culiacán, Sinaloa. Tras la solicitud de licencia temporal del gobernador Rubén Rocha Moya por un periodo mayor a 30 días, el pleno del Congreso del Estado de Sinaloa votó para que la actual secretaria general de Gobierno, Geraldine Bonilla, para que asuma la titularidad del Ejecutivo estatal gobernadora interina.
La medida se da conforme a lo establecido en el artículo 58 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
¿Qué establece la ley?
El artículo 58 señala que, en caso de faltas temporales del gobernador por un periodo de hasta 30 días, la función debe ser cubierta por la Secretaría General de Gobierno.
“Las faltas temporales del Gobernador del Estado hasta por treinta días serán suplidas por el Secretario de Gobierno con el carácter de encargado del Despacho; las que excedan de tal período serán cubiertas por un Gobernador Interino que nombrará el Congreso por mayoría absoluta de votos de los Diputados presentes.
¿Qué versiones han surgido?
En las últimas horas, en redes sociales surgieron versiones sobre la posible llegada de Julio Berdegué al gobierno estatal.
Sin embargo, estas especulaciones no han sido confirmadas oficialmente. Berdegué dejó recientemente la Secretaría de Agricultura del gobierno federal y también ha sido mencionado como posible integrante de negociaciones relacionadas con el T-MEC.
¿Qué sigue?
Por ahora, Geraldine Bonilla se mantiene al frente del Ejecutivo estatal en calidad de gobernadora interina, mientras se define el curso del proceso político y legal que enfrenta el gobernador con licencia.
Si el gobernador Rubén Rocha fuera declarado culpable del proceso que sigue, el Artículo 59 contempla los escenarios de falta absoluta del mandatario. Si esta ocurre durante los últimos cuatro años del periodo constitucional, el Congreso —en caso de estar en funciones— designará a un gobernador sustituto que concluirá el mandato. Si el Poder Legislativo no se encuentra en sesiones, la Diputación Permanente nombrará a un gobernador provisional y convocará a un periodo extraordinario para que el Congreso elija formalmente al sustituto.








