Gomitas y brownies mágicos con legales; SCJN permite mariguana en alimentos para autoconsumo recreativo

Ciudad de México.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el derecho al autoconsumo recreativo de cannabis también comprende su incorporación en alimentos y bebidas preparados para consumo personal, como galletas, brownies, gomitas o infusiones.

La resolución establece que incorporar cannabis o THC a alimentos preparados o semipreparados puede considerarse una actividad culinaria ordinaria y no necesariamente la fabricación industrial de productos.

La decisión amplía las formas en que una persona autorizada puede ejercer el autoconsumo recreativo, que no tendría que limitarse a la vía respiratoria.

No permite vender ni compartir

La resolución tiene límites importantes: no autoriza la comercialización, suministro, distribución o entrega a terceros de alimentos preparados con cannabis.

De acuerdo con la información difundida, tampoco permite regalar o compartir este tipo de preparaciones.

Para ejercer este derecho continúa siendo necesaria la correspondiente autorización administrativa de Cofepris para las actividades vinculadas con la adquisición de semillas, siembra, cultivo y cosecha destinadas al autoconsumo.

La Corte determinó que Cofepris no debe excluir de esas autorizaciones la preparación personal de alimentos o bebidas con el cannabis obtenido legalmente para autoconsumo.

Las restricciones permanecen para utilizar cannabis en la elaboración de medicamentos, suplementos alimenticios, cosméticos, remedios herbolarios o líquidos para vapeadores.

La resolución se inscribe en los criterios que la Suprema Corte ha desarrollado desde 2015 en torno al libre desarrollo de la personalidad y el autoconsumo lúdico de cannabis.

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