Por Sarahí Tirado Osuna
Cinco dudas razonables sobre la Secretaría de Cultura de Sinaloa
Desde que presentamos ante el Congreso del Estado la iniciativa ciudadana para crear la Secretaría de Cultura de Sinaloa han circulado objeciones que vale la pena atender una por una. No son todas del mismo tipo: algunas nacen del escepticismo legítimo frente a cualquier reforma administrativa, otras de una lectura rápida de la propuesta y otras señalan riesgos reales que el texto tuvo que resolver. Las cinco que siguen son las que más se repiten, y creo que merecen una respuesta con el articulado en la mano y no con una declaración de intenciones.
¿No bastaría con aumentar el presupuesto?
Es la duda más frecuente y la más comprensible, porque la cifra es elocuente. La asignación a la función cultural en el Presupuesto de Egresos del Estado para 2026 asciende a 202 millones 480 mil 249 pesos: el 0.26 por ciento del gasto público estatal, alrededor de 67 pesos por habitante al año, sin un solo renglón de inversión pública clasificada como cultural. El parámetro de referencia, aprobado por la Conferencia Iberoamericana de Ministros de Cultura en 2007 en desarrollo de la Carta Cultural Iberoamericana, es el uno por ciento.
Pero el presupuesto es un síntoma, no la enfermedad. El Instituto Sinaloense de Cultura no interviene directamente en el ciclo presupuestario: lo hace a través de su coordinadora de sector, con la que compite por prioridades. Su titular no integra el gabinete legal, de modo que cuando se reparten los recursos no hay nadie en la mesa cuyo encargo sea la cultura. Se puede aumentar el presupuesto un año por voluntad de una administración; lo que no se puede, con esa figura jurídica, es defenderlo cada año.
Por eso la iniciativa no fija monto alguno en el decreto —hacerlo invadiría la facultad del Ejecutivo de formular el presupuesto y la del Congreso de aprobarlo—, sino que establece un deber de progresividad con informe anual al Congreso. El dinero llega cuando hay quién lo pida en el lugar donde se decide.

¿No va a terminar decidiéndose todo desde Culiacán?
Esta es, a mi juicio, la objeción más seria, y conviene concederla de entrada: si la Secretaría naciera con las mismas atribuciones del organismo actual y solo con un escritorio más grande en la capital, el resultado sería peor que el problema. Una burocracia con rango de gabinete y sin anclaje territorial concentra más poder sobre las mismas decisiones.
El articulado se ordena sobre tres criterios explícitos, y el primero es precisamente ese: centralizar la rectoría y descentralizar la operación.
No es una frase de presentación. Se traduce en que cada recinto cultural a cargo del Estado tendría autonomía de gestión operativa: la Secretaría conserva la rectoría, la planeación, la normatividad técnica y la evaluación, y cada museo, teatro o casa de cultura decide su programación, su vinculación comunitaria y la aplicación de los recursos que genere, conforme a un plan anual de trabajo y bajo la conducción de una persona responsable con perfil acreditado, asistida por un consejo consultivo donde participan la comunidad artística y el entorno en que el recinto se ubica.
La razón es práctica antes que doctrinal: un aparato central que decidiera la programación de un recinto situado a trescientos kilómetros produciría una oferta homogénea y desvinculada del territorio.
A ello se suman tres cerrojos.
El primero es el acompañamiento técnico a municipios, comunidades y pueblos originarios en la gestión de sus propios patrimonios, respetando su titularidad, su autonomía y sus formas propias de organización, con consulta previa, libre e informada y reglas de participación en los beneficios: acompañar no es administrar.
El segundo es un Fondo Estatal para Iniciativas Culturales Comunitarias y de Construcción del Tejido Social, con convocatoria pública, jurados independientes con participación de personas provenientes de las propias comunidades, requisitos proporcionales a la escala de los proyectos y prioridad para las localidades de mayor afectación por la violencia y menor oferta cultural; su elegibilidad no depende de que el proyecto produzca una obra artística ni de que sus promoventes acrediten trayectoria profesional en las artes, de modo que es deliberadamente una ventanilla que no pasa por el filtro del medio artístico de la capital.
El tercero es que la facultad de resolver sobre estímulos, becas y apoyos a la creación permanece en el Consejo Estatal de Cultura y no en la Secretaría, mediante jurados independientes: esa separación la tomamos de Nuevo León y existe para que la decisión sobre apoyos a creadores no quede concentrada en una sola línea jerárquica.
¿No es simplemente crear más burocracia?
La propuesta no crea estructura administrativa adicional ni incrementa el gasto corriente. Opera por sustitución: la Secretaría asumiría las atribuciones, el personal, el patrimonio, los recursos y los asuntos en trámite del organismo que se extingue. No hay plazas nuevas, no hay un segundo aparato conviviendo con el primero, no hay duplicidad de funciones. Lo que hay es un cambio de naturaleza jurídica del mismo órgano, de organismo público descentralizado a dependencia centralizada, y la actualización del catálogo de atribuciones que la ley le confiere.

¿Qué pasa con el personal del Instituto?
El régimen transitorio establece que la Secretaría se constituye en patrón sustituto. La transferencia del personal no afecta su antigüedad, prestaciones, condiciones generales de trabajo, derechos adquiridos ni régimen de seguridad social, y se respetan las plazas, la titularidad y los derechos colectivos existentes. Esto no es una fórmula de cortesía: es la figura jurídica que impide que una reorganización administrativa se convierta en un recorte encubierto.
Y va más allá de proteger lo existente. La iniciativa incorpora un programa permanente de profesionalización y dignificación del personal cultural: perfiles de puesto por función, un tabulador que reconozca la especialización y la responsabilidad sobre acervos, la conversión gradual de las contrataciones por honorarios en plazas con seguridad social cuando correspondan a funciones permanentes, capacitación continua en horario laboral y sin costo para la persona trabajadora, y criterios objetivos y públicos para designar a quienes encabezan los recintos. Una política que propone la cultura como trayectoria de vida digna pierde toda consistencia si se sostiene sobre la precariedad de quienes la hacen posible.

¿Y por qué no lo hace el Ejecutivo por decreto, sin pasar por el Congreso?
Porque jurídicamente no puede, o no de manera eficaz. El artículo 12 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado remite al reglamento que expide el Gobernador la denominación y estructura de las Secretarías, de donde parecería que basta un acto del Ejecutivo. Pero el Instituto Sinaloense de Cultura no fue creado por reglamento: lo creó el artículo 23 de la Ley de Cultura del Estado, que además le atribuye la rectoría de la política cultural en el artículo 11 y su catálogo de facultades en el artículo 25.
Un organismo creado por ley solo puede extinguirse por ley. Una Secretaría creada únicamente por vía reglamentaria coexistiría con un organismo que la ley seguiría designando autoridad rectora, con duplicidad de atribuciones e incertidumbre sobre quién es competente para qué.
Hay además una razón de permanencia. Fijar en la ley la existencia de la dependencia y el catálogo mínimo de sus atribuciones la protege frente a la supresión discrecional en cada cambio de administración, sin invadir la facultad reglamentaria del Ejecutivo, a quien corresponde determinar la estructura orgánica interna. Yucatán creó su Secretaría de la Cultura y las Artes por ley del Congreso, y ese precedente acredita que ambas cosas son compatibles.
Lo que el diagnóstico sostiene
Detrás de las cinco dudas hay una premisa que conviene discutir de frente: la de que el problema de Sinaloa sea el centralismo cultural. No lo es. El problema es que hoy la cultura no se decide en ninguna parte con capacidad de ejecución.
El juego de Ulama fue declarado Patrimonio Cultural Intangible del Estado por decreto publicado el 11 de octubre de 2010, con mandato expreso de elaborar programas conjuntos de fomento: quince años después no existen.
En Las Labradas, en el ejido de La Chicayota, la única zona arqueológica abierta al público del Estado y candidata en la lista indicativa de la UNESCO, la autoridad cultural estatal participa de manera marginal en la mesa donde concurren el Instituto Nacional de Antropología e Historia, la autoridad federal de medio ambiente, el ayuntamiento y turismo, mientras las familias del ejido atienden a los visitantes con permisos administrativos y sin un esquema que reconozca su papel en la gestión y en los beneficios.
El único instrumento estatal que distingue a los conjuntos históricos de Sinaloa lo administra la autoridad de turismo y no la cultural, de modo que un pueblo puede ser reconocido por su valor sin que ese reconocimiento traiga plan de manejo, catálogo de inmuebles ni un peso para conservación. Y en agosto cerraron en Los Mochis el Centro de Innovación y Educación, el Trapiche Museo Interactivo y el Teatro Ingenio, con noventa y cinco liquidaciones, porque se interrumpió la entrega de los recursos convenidos. Eso no es centralismo: es ausencia.
Medellín es el referente que más se parece a lo que aquí se discute, y confirma las dos mitades del argumento. Construyó su política cultural durante su periodo más violento, no una vez superado, y la sostuvo treinta años a través de administraciones de signo distinto. Lo hizo con una dependencia con rango de secretaría y presupuesto propio —la rectoría— y con bibliotecas de proximidad instaladas deliberadamente en las comunas de mayor conflicto, operadas mediante convenios con entidades sociales —el territorio—. Ninguna de las dos funcionó sin la otra.
Vale la pena cerrar con lo que quizá sea el dato más revelador: casi nada de esto habría que inventarlo. Sinaloa ya tiene los coros y las orquestas infantiles en Bamoa, en Pericos, en Elota, en Concordia, en El Rosario.
Ya tiene los museos comunitarios de Tehueco, de San Miguel Zapotitlán, de La Noria, de Tacuichamona.
Ya tiene las casas de cultura, los ballets folclóricos en prácticamente todos los municipios, las escuelas de música y de danza, las salas de lectura.
Lo que no tiene es la institución que los planee como sistema, los sostenga más allá del ciclo político y los defienda donde se reparte el presupuesto. Cada una de esas agrupaciones sobrevive hoy por gestión individual y desaparece cuando esa gestión se agota.
La iniciativa es pública y está en el Congreso. La construimos escuchando a creadoras y creadores, gestores culturales, docentes de arte, investigadores, artesanas y artesanos, portadores de patrimonio inmaterial y colectivos de distintas regiones del Estado, cuyo respaldo consta en las hojas de adhesión del expediente. Las observaciones son bienvenidas y necesarias: una propuesta que todavía tiene que dictaminarse mejora con ellas. Lo que sostengo es que la discusión útil no es si hace falta una secretaría, sino con qué atribuciones nace.
Estado Cultural | Centralizar la rectoría, descentralizar la operación
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Sarahí Tirado Osuna es Restauradora Perito del INAH, con más de veinte años en conservación de patrimonio, museos y colecciones en México y Latinoamérica. Licenciada en Restauración por la ECRO y maestra en Política y Gobierno por El Colegio de Jalisco. Su trabajo une la conservación técnica con la política cultural y los proyectos comunitarios.
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